Cómo facturar correctamente como autónomo en España en 2026
Facturar mal como autónomo en España puede costarte sanciones de Hacienda y problemas con tus clientes. Esta guía te explica los requisitos legales, los errores más comunes y cómo emitir facturas correctas en 2026.
Por qué facturar bien es más importante que nunca en 2026
La entrada en vigor del sistema de facturación electrónica obligatoria para autónomos (Ley Crea y Crece) está cambiando las reglas del juego. Aunque los plazos de implementación se han ido ampliando, 2026 es el año en que muchos autónomos tendrán que adaptarse definitivamente a la factura electrónica estructurada. Y aunque no hayas llegado aún a esa obligación, facturar bien desde el principio evita problemas con Hacienda, mejora tu imagen profesional y facilita el cobro.
Los datos obligatorios en toda factura de autónomo
El Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012) establece los datos que debe contener toda factura emitida por un autónomo en España:
- Número y serie: las facturas deben estar numeradas correlativamente y sin saltos.
- Fecha de expedición: cuándo se emite la factura.
- Fecha de operación: si es diferente de la fecha de expedición (por ejemplo, si el servicio se prestó en otra fecha).
- Datos del emisor: nombre o razón social, NIF y domicilio fiscal del autónomo.
- Datos del receptor: nombre o razón social, NIF y domicilio del cliente (obligatorio si el cliente es empresa o autónomo; recomendable siempre).
- Descripción del servicio: detalle suficiente de qué se ha prestado.
- Base imponible: el precio del servicio antes de impuestos.
- Tipo de IVA aplicable: el porcentaje correspondiente (21%, 10%, 4% o exento).
- Cuota de IVA: el importe resultante.
- Retención de IRPF: si procede (ver más abajo).
- Total a pagar: base imponible + IVA – retención IRPF.
IVA: cuándo se aplica y qué tipo corresponde
La mayoría de servicios que prestan los autónomos en España tributan al IVA general del 21%. Sin embargo, hay excepciones importantes:
- Servicios educativos reglados: pueden estar exentos de IVA.
- Servicios sanitarios: exentos si los presta un profesional sanitario reconocido.
- Servicios de autor: algunas cesiones de derechos de autor tributan al 10%.
- Servicios entre empresas de la UE (intracomunitarios): inversión del sujeto pasivo, el cliente declara el IVA en su país.
Si tienes dudas sobre tu tipo aplicable, consulta el epígrafe del IAE en el que estás dado de alta y contrasta con tu asesor fiscal.
IRPF: la retención que debes incluir (y cuándo no)
Los autónomos que prestan servicios profesionales a empresas o a otros autónomos deben incluir en sus facturas una retención de IRPF. Esta retención la ingresa el cliente en Hacienda en tu nombre, reduciéndose el importe que te paga directamente.
El tipo general de retención para actividades profesionales es el 15%. Si eres autónomo de nueva alta y llevas menos de dos años de actividad, puedes aplicar el tipo reducido del 7% durante el año de alta y los dos siguientes, siempre que lo comuniques al cliente.
Importante: la retención de IRPF solo aplica cuando el cliente es una empresa, profesional o entidad jurídica. Si facturas a un particular (una persona física que no actúa como empresario), no incluyes retención.
Los errores más comunes al facturar
No incluir la descripción del servicio: "Servicios profesionales" no es suficiente. Hacienda puede requerirte que justifiques la naturaleza del servicio. Describe brevemente qué has hecho.
Mezclar fechas de operación y expedición: si el servicio se prestó en diciembre pero facturas en enero, la fecha de operación es diciembre y la de expedición, enero. Esto tiene implicaciones en qué período de IVA se declara.
No numerar correlativamente: cada año fiscal puedes reiniciar la numeración (serie 2026-001, 2026-002...), pero nunca debe haber saltos. Una factura 2026-005 después de 2026-003 genera inconsistencias.
No conservar las facturas: tienes la obligación de conservar las facturas emitidas y recibidas durante al menos 4 años (el plazo de prescripción de Hacienda) y hasta 10 años en algunos casos.
Emitir facturas simplificadas cuando no procede: los tiques simplificados solo son válidos para ventas directas al consumidor final en determinados sectores. Para servicios profesionales a empresas, siempre emite factura completa.
Factura electrónica: qué implica para los autónomos en 2026
La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) establece la obligatoriedad de la factura electrónica para todas las relaciones entre empresas y autónomos. El formato obligatorio es Facturae (XML estructurado) o los formatos europeos equivalentes.
En 2026, los autónomos con facturación anual superior a ciertos umbrales deberán emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado. Las plataformas de software de facturación más habituales (Holded, Billin, Quipu, Contasol) ya están adaptadas. Si usas Excel o Word para facturar, es el momento de cambiar.
Cómo gestionar el cobro desde la factura
La factura es también una herramienta de cobro. Para que sea efectiva:
- Especifica el plazo de pago: "Pago a 30 días desde la fecha de factura".
- Incluye tu número de cuenta IBAN en la factura para facilitar la transferencia.
- Menciona la Ley 3/2004 de Morosidad: el recordatorio de que los intereses de demora son automáticos actúa como incentivo para pagar a tiempo.
- Si el cliente paga tarde, tienes derecho a reclamar los intereses de demora sin necesidad de pactarlos: la ley los establece automáticamente.
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