Cómo hacer un contrato freelance en España: guía paso a paso
Hacer un contrato freelance en España no requiere un abogado, pero sí conocer qué dice la ley. Te explicamos cada paso: desde identificar a las partes hasta firmar con validez jurídica plena, incluyendo la obligatoria cláusula RGPD.
Qué dice la ley española sobre el contrato de servicios freelance
El contrato de prestación de servicios profesionales entre un autónomo y su cliente no tiene en España una regulación unitaria en un solo texto legal. Se construye a partir de varias fuentes:
El Código Civil, en sus artículos 1542 a 1583, regula el arrendamiento de servicios como el acuerdo por el que una parte se obliga a prestar un servicio a cambio de un precio cierto. Esta figura cubre la mayor parte de los trabajos freelance: diseño, consultoría, programación, fotografía, redacción.
La Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA) reconoce el derecho del autónomo a formalizar por escrito las condiciones de su actividad profesional. En su artículo 11 ter, añadido por la reforma de 2022, refuerza la protección del autónomo económicamente dependiente (TRADE) frente a prácticas abusivas del cliente principal.
Para proyectos que impliquen creación original —diseño, fotografía, código, textos—, el Real Decreto Legislativo 1/1996 (Ley de Propiedad Intelectual) determina que los derechos de autor pertenecen al creador por defecto. La cesión al cliente solo es válida si está firmada y por escrito.
Conocer esta base legal te permite redactar un contrato que, en caso de conflicto, sea exigible ante un juez.
Paso 1: identifica a las partes con precisión
El primer bloque del contrato debe identificar sin ambigüedad a ambas partes:
- Si eres autónomo: nombre completo, NIF, domicilio fiscal y número de inscripción en la Seguridad Social o referencia a tu actividad en el IAE.
- Si el cliente es persona física: nombre completo y NIF.
- Si el cliente es sociedad: razón social, CIF, domicilio social, y datos del representante legal con poder para firmar.
Un error frecuente es contratar con "el responsable de marketing" de una empresa, cuando quien debe firmar es el administrador o un apoderado con poder suficiente. Si el firmante no tiene poder de representación, el contrato puede ser impugnable.
Paso 2: redacta el objeto con el máximo detalle posible
El objeto es la descripción de lo que vas a entregar. Aquí la vaguedad es tu enemiga. Compara:
- Vago: "Diseño de web corporativa."
- Preciso: "Diseño y maquetación de sitio web corporativo en WordPress, hasta 8 páginas, responsive para móvil y escritorio, con formulario de contacto y optimización básica de velocidad. Incluye 2 rondas de revisiones sobre el diseño. No incluye redacción de textos, fotografías ni posicionamiento SEO."
Cada entregable, cada formato de archivo, cada revisión incluida y cada exclusión expresa elimina un argumento del cliente para reclamar más trabajo sin pagar más.
Paso 3: fija el precio, la forma de pago y las consecuencias del impago
El bloque económico es el más litigioso. Debe incluir:
- Precio total (o precio por hora/día con estimación de horas)
- IVA aplicable y retención de IRPF si procede
- Calendario de pagos: señal antes de empezar (30-50 % recomendado), hito intermedio si el proyecto es largo, pago final a la entrega
- Plazo máximo de pago (la Ley 3/2004 de Lucha contra la Morosidad fija 30 días para operaciones comerciales; puedes ampliarlo por acuerdo, pero no reducir derechos del acreedor)
- Interés de demora: si no lo pactáis expresamente, se aplica el tipo oficial publicado por el Banco Central Europeo más 8 puntos porcentuales
Una cláusula de resolución automática por impago —que permita suspender el trabajo si el cliente no paga en el plazo fijado— es legal y útil. Sin ella, podrías estar obligado a seguir trabajando mientras litiga el precio.
Paso 4: establece los plazos de entrega y las causas de prórroga
Comprometerse a una fecha de entrega sin condiciones es uno de los errores más frecuentes de los freelancers. Los proyectos se retrasan casi siempre por causas externas: el cliente no envía materiales, no aprueba el brief, cambia de dirección artística a mitad del proyecto.
Para protegerte, incluye:
- Plazos de entrega condicionados a la recepción de materiales del cliente
- Cláusula de pausa automática si el cliente no responde en X días hábiles
- Definición de "aprobación": si el cliente no responde en 5 días hábiles, se considera aprobado por silencio
Esto no solo te protege frente a reclamaciones de retraso; también da incentivo al cliente para ser responsivo.
Paso 5: regula la propiedad intelectual con claridad
Si tu trabajo genera una creación original, la Ley de Propiedad Intelectual dice que los derechos te pertenecen a ti salvo cesión expresa por escrito. Debes decidir qué cedes y qué no.
Opciones habituales:
- Cesión total y exclusiva: el cliente adquiere todos los derechos sobre el trabajo, en todos los territorios, por toda la duración de la protección legal. Es la opción que los clientes suelen pedir y que justifica un precio mayor.
- Licencia de uso: conservas la titularidad pero autorizas al cliente a usar el trabajo para un fin, territorio o tiempo concreto. Ideal para fotografía, ilustración o música.
- Cesión condicionada al pago total: los derechos solo se transfieren una vez liquidada la última factura. Esta es la cláusula más importante para proteger el cobro.
Paso 6: añade la cláusula de protección de datos (RGPD)
Desde la entrada en vigor del RGPD en 2018 y su desarrollo por la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales, cualquier freelance que trate datos personales de terceros en nombre de un cliente debe formalizar un contrato de encargo de tratamiento.
Esto aplica si, por ejemplo:
- Gestionas las redes sociales del cliente y tienes acceso a los datos de sus seguidores
- Desarrollas software que almacena datos de usuarios
- Tienes acceso a la base de datos de clientes para hacer una campaña de email
La cláusula debe incluir: finalidad del tratamiento, categorías de datos, medidas de seguridad adoptadas, prohibición de subencargos no autorizados y obligación de devolver o destruir los datos al finalizar el contrato.
Su ausencia puede acarrear sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación global.
Paso 7: firma con validez jurídica plena
En España, la firma electrónica tiene la misma validez que la manuscrita si cumple los requisitos del Reglamento eIDAS (910/2014) y la Ley 6/2020 de Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas.
Niveles de firma electrónica:
- Simple: imagen de firma insertada en PDF. Tiene poco valor probatorio.
- Avanzada: vinculada al firmante mediante certificado, permite detectar cualquier alteración posterior. Válida para la mayoría de contratos comerciales.
- Cualificada: firma con certificado reconocido por una autoridad de certificación acreditada. Equivalente plena a la firma manuscrita.
Para contratos freelance de importe normal, la firma avanzada —disponible en plataformas como DocuSign, Signaturit o la propia Firmia— es suficiente y genera un registro de auditoría que es prueba plena ante los tribunales.
El checklist antes de enviar el contrato
Antes de enviar el contrato al cliente para su firma, verifica:
- Datos de ambas partes correctos y completos
- Objeto del contrato definido con entregables, formatos y exclusiones
- Precio, IVA, calendario de pagos y penalizaciones por impago
- Plazo de entrega condicionado a la aportación de materiales del cliente
- Cláusula de propiedad intelectual con condición de pago
- Cláusula RGPD si tratas datos personales
- Fuero judicial o mediación previa como mecanismo de resolución
- Firma electrónica con certificado
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio tener un contrato escrito para trabajar como freelance en España?
No es legalmente obligatorio, pero sí imprescindible en la práctica. El Código Civil reconoce los contratos verbales (artículo 1278), pero ante una disputa judicial, sin contrato escrito deberás probar el acuerdo con correos, transferencias o mensajes. Un contrato firmado es la única prueba sólida.
¿Qué ley regula el contrato entre autónomo y cliente en España?
El contrato se rige por el Código Civil (artículos 1542-1583), la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo y, si hay propiedad intelectual, el Real Decreto Legislativo 1/1996. Para tratamiento de datos personales, aplica el RGPD y la Ley Orgánica 3/2018.
¿Puedo firmar el contrato por correo electrónico?
Un intercambio de correos con conformidad mutua tiene valor probatorio, pero es más débil que una firma electrónica certificada. Para plena seguridad jurídica, usa plataformas con firma electrónica avanzada que generan un certificado de auditoría conforme al Reglamento eIDAS.
¿Qué pasa si el cliente se niega a firmar?
Un cliente que rechaza firmar es una señal de alerta. Sin contrato, puedes pedir un anticipo del 30-50 % antes de empezar —que por sí solo prueba la relación comercial— o enviar los términos por correo y pedir confirmación escrita. Si rechaza todo, valora el riesgo antes de empezar.
¿Tengo que incluir una cláusula RGPD en mi contrato freelance?
Sí, si tratas datos personales de terceros en nombre del cliente. El RGPD exige formalizar un contrato de encargo de tratamiento. Su ausencia puede acarrear sanciones de la AEPD, aunque no manejes datos especialmente sensibles.
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